Normativa legal

Según el artículo 7 del  Real Decreto 126/ 2014, en la etapa de Educación primaria el alumnado debe de desarrollar una serie de capacidades que les permitan Conocer y utilizar de manera apropiada la lengua castellana” e “Iniciarse en la utilización, para el aprendizaje, de las Tecnologías de la Información y la Comunicación”. Estos dos aspectos se convierten en elementos transversales que deben trabajarse en todas las asignaturas sin perjuicio de su tratamiento específico en alguna de ellas (R.D. 126/2014, art.10, p. 19356).
El área de Lengua castellana y literatura que pertenece al bloque de asignaturas troncales, tiene como objetivo (entre otros) que el alumnado desarrolle la competencia comunicativa en todas las vertientes, aportando las herramientas y conocimientos necesarios para que éstos se desenvuelvan de forma satisfactoria en cualquier situación comunicativa de la vida familiar, social y escolar (R.D. 126/2014, p. 19378). Un modo de que el alumnado desarrolle estas destrezas comunicativas (tanto orales como escritas), es través de la lectura comprensión y reflexión de diferentes tipos de textos.
La literatura es ventana abierta a la realidad y a la fantasía y un espejo en que el que tomar conciencia de sí mismo y del mundo que les rodea. Tomando esto como referencia, el Real Decreto establece un bloque de contenidos dedicado a la educación literaria, en el que se especifica que el profesorado debe asumir “el objetivo de hacer de los alumnos y alumnas lectores cultos y competentes, implicados en un proceso de formación lectora que continúe a lo largo de toda la vida. Para eso es necesario alternar la lectura, comprensión e interpretación de obras literarias cercanas a sus gustos personales y a su madurez cognitiva con la de textos literarios y obras completas que aporten el conocimiento básico sobre algunas obras representativas de nuestra literatura” (R.D. 126/2014, p.19380).
 La realización del este blog satisface el artículo 3, punto 4º (Orden 17 de marzo 2015, pp-10-11), y el artículo 2 del Real Decreto 126/2014. Las competencias clave el alumnado adquiere con este blog son las referentes a comunicación lingüística, competencia digital y las de aprender a aprender. Dentro de la competencia digital, se desarrolla principalmente la competencia informacional. La adquisición de estas competencias clave están reflejadas en los contenidos, criterios y estándares de aprendizajes.


Contenidos
Criterios de evaluación
Estándares de aprendizaje evaluables
Bloque 1. Comunicación oral: Hablar y escuchar
Comprensión y expresión de mensajes verbales y no verbales.

4. Comprender mensajes orales y analizarlos con sentido crítico.
4.2. Comprende la información general en textos orales de uso habitual.
4.3. Interpreta el sentido de elementos básicos del texto necesarios para la comprensión global (léxico, locuciones).
Bloque 2. Comunicación escrita: leer
Comprensión de textos según su tipología.
Lectura de distintos tipos de texto: descriptivos, argumentativos, expositivos,     instructivos, literarios.
5. Utilizar estrategias para la comprensión de textos de diversa índole.
7. Utilizar textos científicos en diferentes soportes para recoger información, ampliar conocimientos y aplicarlos en trabajos personales.
9. Utilizar las TIC de modo eficiente y responsable para la búsqueda y tratamiento de la información.
5.5. Comprende la información contenida en los gráficos, estableciendo relaciones con la información que aparece en el texto relacionada con los mismos.
5.6. Interpreta esquemas de llave, números, mapas conceptuales sencillos.
7.1. Es capaz de consultar diferentes fuentes bibliográficas y textos de soporte informático para obtener datos e información para llevar a cabo trabajos individuales o en grupo.
9.1. Sabe utilizar los medios informáticos para obtener información.
Bloque 5. Educación literaria
Lectura comentada de poemas, relatos y obras teatrales.
Identificación de recursos literarios.
Valoración de los textos literarios como vehículo de comunicación y como fuente de conocimiento de otros mundos, tiempos y culturas y como disfrute personal.
1. Apreciar el valor de los textos literarios y utilizar la lectura como fuente de disfrute e información y considerarla como un medio de aprendizaje y enriquecimiento personal de máxima importancia.
2. Integrar la lectura expresiva y la comprensión e interpretación de textos literarios narrativos, líricos y dramáticos en la práctica escolar, reconociendo e interpretando algunos recursos del lenguaje literario (metáforas, personificaciones, hipérboles y juegos de palabras) y diferenciando las principales convenciones formales de los géneros.
1.1. Reconoce y valora las características fundamentales de textos literarios narrativos, poéticos y dramáticos.
2.1. Realiza lecturas guiadas de textos narrativos de tradición oral, literatura infantil, adaptaciones de obras clásicas y literatura actual.
 
 

Referencias
Orden de 17 de marzo de 2015, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la Educación Primaria en Andalucía, 60, Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, 27 de marzo de 2015. Recuperado de http://www.juntadeandalucia.es/boja/2015/60/BOJA15-060-00008_00001146.pdf

Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el currículo básico de la Educación Primaria, Boletín Oficial del Estado, 1 de marzo de 2014, núm. 52. Recuperado de http://www.boe.es/boe/dias/2014/03/01/pdfs/BOE-A-2014-2222.pdf